Fue tras la decisión de readecuar la imputación contra la familia Sena. Ahora, César, Emerenciano y Marcela Acuña quedaron imputados como coautores del femicidio premeditado de Cecilia Strzyzowski.

Marcela Acuña, Emerenciano y César SenaEl juez de Garantías Nº 2 de Resistencia, Héctor Horacio Sandoval, dio a conocer los argumentos de la resolución 34/24 en la causa 22.632/2023-1 “Sena, César Mario Alejandro y otros s/ femicido” que investiga la muerte de Cecilia Strzyzwoski donde se detallan los motivos por los cuales dispuso el cambio de calificación legal del hecho con relación a los imputados César Sena, Emerenciano Sena y Marcela Acuña por el delito de “homicidio triplemente agravado, por haberse cometido con el concurso premeditado de dos o más personas, por el vínculo y por haberse cometido en contexto de violencia de género, en calidad de coautores (arts. 80 incs. 6, 1 y 11; y 45 del CP), a lo que se deberá adecuar la plataforma fáctica”.

En esa oportunidad hizo lugar al planteo de oposición al requerimiento de elevación de la causa a juicio deducido por la querella de la Secretaría de Derechos Humanos y Género del Gobierno de la Provincia del Chaco.

Además, no hizo lugar a los planteos de oposición al requerimiento de elevación de la causa a juicio efectuado por las defensas de César Sena y Marcela Acuña.

“Es acertado concluir respecto a este delito que los imputados Emerenciano Sena, Marcela Acuña y César Sena son coautores, porque premeditadamente los tres convergieron intencionalmente en dar muerte a Cecilia Marlén Strzyzowski, en forma no determinada aún por la prolija destrucción de pruebas y evidencias, conforme el plan trazado, porque todos tuvieron participación activa en todas las fases del plan y por ello, el control y el dominio del hecho en todo momento”, señaló el magistrado.

“Queda de manifiesto que previo al homicidio hubo una planificación perfectamente establecida para la comisión del hecho, en qué lugar y cómo llevarlo a cabo, determinante para que suceda del modo como sucedió y no de otro. También que hay una perseverancia de voluntad malvada y frialdad del ánimo; y no precisamente una resolución imprevista, porque existe una meditación anticipada, tiempo entre la determinación y la acción, frialdad de ánimo (animo pacato; serenidad en la resolución, sin pasión) y donde la premeditación reduce las defensas de la víctima”, añadió.

Fuente: chaco dia por dia
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